Puerto Madryn, 08 de Junio de 2018.- VISTOS Y CONSIDERANDO: Los Informes remitidos por Ia autoridad policial, concretamente la falta de lugares de alojamiento en Ia jurisdiction de Puerto Madryn, lo que implica Ia imposibilidad de nuevos ingresos sea de personas condenadas o en prision preventive. Lo que fue notificado a las partes, Politicas Penitenciarias y quienes forman parte del Colegio de Ia Judicatura. Que los Informe remitidos en el transcurso de esta semana, por el Segundo Jefe de Ia Unidad Regional y Director del IPP N° 1, donde establece que no hay mas cupo para alojar detenidos e incluso que se ha sobrepasado su capacidad, merecen una decision, para generar nuevos espacios. Que en dicha linea, se ha analizado las condenas cortas existentes, que actualmente solo pernocten en las distintas Comisarias. Se constato que se hallan sujetos a este regimen dos personas: Juan Paulo Silva, hasta el dia 5 de Julio del corriente ano y Ezequiel Rodrigo Diaz, hasta el 30 de junio del corriente ano. Es decir a menos de un mes ambos de cumplimiento de Ia condena bajo dicha modalidad. En consecuencia, ante Ia grave situation de emergencia por Ia falta de lugares de alojamiento, habre de disponer que estos cumplan Ia prision discontin6a nocturnal en el domicilio que informe Ia Defensa, con rondines aleatorios del personal policial. Por todo lo expuesto, RESUELVO: 1) DECLARAR Ia EMERGENCIA POR FALTA DE LUGARES DE ALOJAMIENTO EN LA CIUDAD DE PUERTO MADRYN. 2) DISPONER EL CUMPLIMIENTO DE LA SEMIDETENCION DE JUAN PAULO SILVA Y EZEQUIEL RODRIGO DIAZ, en el domicilio que indique Ia Defensa, con rondines sorpresivos. 3) AGREGUESE COPIA EN CADA INCIDENTE. NOTIFIQUESE A LA DEFENSA A LOS FINES INFORMADOS. 4) LIBRENSE OFICIOS a la Jefatura de Policia, Poder Ejecutivo, Poder Legislativo y Presidente de Ia Sala Penal, a fin de que tomen conocimiento de Ia decision adoptada. 5) REGISTRESE Y NOTIFIQUESE.