Es una modificación a la Ley de Tránsito para que puedan seguir circulando móviles y autobombas con más de 15 años de antigüedad. Se trata de un tema reclamado por los Bomberos de todo el país, y en especial de Chubut. Este miércoles recibió dictamen de la Comisión de Seguridad Interior, que se sumó al que le había dado la de Transporte, que presidía el fallecido diputado Héctor Olivares. El autor del proyecto es Marcelo Monfort, legislador radical de Entre Ríos.
El diputado nacional de Chubut Gustavo Menna destacó el dictamen favorable de comisión que recibió este miércoles un proyecto de ley que acompañó como coautor y que beneficia a los cuerpos de Bomberos Voluntarios de todo el país.
El proyecto de ley, que ahora podrá ser tratado en la próxima sesión de la Cámara de Diputados, modifica el artículo 61º de la Ley de Tránsito para permitir que puedan seguir circulando las autobombas y móviles, aun cuando excedan los 15 años de antigüedad, “siempre que cuenten con la revisión técnica obligatoria, otorgada por la autoridad competente”, dice la iniciativa, cuyo autor es el diputado nacional radical de Entre Ríos Marcelo Monfort.
El proyecto había sido presentado el 6 de junio del año pasado y contó, además de las firmas de Monfort y Menna, con el acompañamiento de los legisladores Roxana Reyes (UCR Santa Cruz), José Luis Riccardo (UCR San Luis) y Luis Contigiani (Partido Socialista, Santa Fe).
La iniciativa tenía ya dictamen favorable de la Comisión de Transporte, que presidía el diputado Héctor Olivares, fallecido esta semana tras el hecho en el que también fue asesinado el funcionario Miguel Yadón.
A ese dictamen se le sumó este miércoles el de la Comisión de Seguridad Interior. “Es para destacar porque se habilita el tratamiento en próxima sesión, y da respuesta a un reclamo concreto que, si bien es de todo el país, había sido también sido planteado por las Asociaciones de Chubut con las que hemos mantenido reuniones”, resaltó Menna.
“Este proyecto de Ley modifica el artículo 61º de la Ley de Tránsito. Esa norma dice que, entre otras cosas, los vehículos de emergencias no pueden tener más de 15 años de antigüedad”, explicó el diputado nacional y candidato a gobernador.
Así planteada, la actual Ley de Tránsito, “genera un problema a los cuerpos de Bomberos Voluntarios porque generalmente compran unidades usadas en el exterior que están impecables, pero muchas veces exceden esa antigüedad. Y en la Argentina no se fabrican”.
“Ese límite -añadió Menna- provoca que no se puedan asegurar los vehículos y que no puedan destinar los subsidios de la Ley Nacional de Bomberos a esas compras por imposibilidad de rendirlos. Además, los cuerpos de Bomberos normalmente transfieren sus unidades reemplazadas a cuerpos de pueblos más chicos, y es muy importante no cortar ese circuito”.
“Por eso -recordó el legislador- este tema era un reclamo que habíamos recogido en muchas reuniones en Chubut y también era un planteo del Consejo Nacional de la Federación de Bomberos Voluntarios del país con quienes nos habíamos reunido por este tema con el diputado Marcelo Monfort, con quien fuimos coautores del proyecto”.
De acuerdo con los fundamentos de la iniciativa, la modificación al artículo 61º de la Ley de Tránsito “principalmente apunta a solucionar una dificultad que se les plantea a las Asociaciones de Bomberos Voluntarios de todo el país, quienes cuentan con autobombas en su gran mayoría importadas, que en muchos casos exceden esa cantidad de años (15) de antigüedad, pero que se encuentran en perfecto estado de funcionamiento y muy bien equipadas para atender distintos tipos de siniestros”.
De esta manera, con la modificación propuesta, y en el caso de ser aprobada por el Congreso, la Ley de Tránsito dirá: “Los vehículos de los servicios de emergencia pueden, excepcionalmente y en cumplimiento estricto de su misión específica, no respetar las normas referentes a la circulación, velocidad y estacionamiento, si ello les fuera absolutamente imprescindible en la ocasión que se trate siempre y cuando no ocasionen un mal mayor que aquel que intenten resolver”.
Y agregará que “estos vehículos tendrán habilitación especial y no excederán los 15 años de antigüedad, excepto en el caso de autobombas y móviles de bomberos voluntarios, cuyos vehículos podrán exceder dicho período siempre que cuenten con la Revisión Técnica Obligatoria otorgada por autoridad competente”.