El Consejo de Administración de Servicoop estableció una moratoria extraordinaria surgida del análisis y posterior acuerdo entre la Mesa Directiva y la Gerencia Administrativa. La misma ya se encuentra vigente y el plazo para su adhesión finaliza el 31 de abril abarcando las deudas vencidas al 31 de octubre de 2019 de los y las asociadas de la cooperativa en cualquiera de sus categorías.
La delicada situación económica y financiera de Servicoop y el volumen de las deudas acumuladas con la institución por parte de particulares, empresas y comercios que, afectados por la actual crisis, se ven impedidos de regularizar su situación, llevó al Consejo de Administración a dar tratamiento y aprobación a la presente moratoria extraordinaria.
La utilización de esta herramienta otorga a asociados y asociadas de Servicoop en situación de mora, la posibilidad de regularizar su vínculo con la prestadora de servicios públicos a través de una quita en los intereses de su deuda de acuerdo con el porcentaje de cancelación inicial de su deuda capital.
Los esquemas de adhesión a la moratoria extraordinaria para los usuarios residenciales serán de una quita del 100 por ciento de interés para quienes cancelen de contado la totalidad de su deuda, una quita del 50 por ciento de interés para quienes cancelen la mitad de su deuda de contado y el saldo en 12 cuotas, y una quita del 25 por ciento de interés a quienes cancelen un cuarto de su deuda de contado y el saldo en 24 cuotas. Por otra parte, los esquemas de adhesión para los usuarios No Residenciales consideran una quita del 50 por ciento de interés para aquellas cancelaciones totales de contado y una quita del 25 por ciento de interés para quienes cancelen la mitad de su deuda de contado y el saldo en 12 cuotas. Cabe destacar que para todas las cancelaciones en cuotas Servicoop comprende a través de la presente moratoria una tasa financiera del 3,5 por ciento mensual.
Servicoop recuerda que el incumplimiento total o parcial de los pagos de acuerdo con la reglamentación vigente, ya sea sobre el corriente mensual o sobre la adhesión a la moratoria, ubicará automáticamente en situación de mora al asociado o asociada con el agregado de los intereses, multas y cortes correspondientes.