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TORRES IMPULSA LA LEY DE SOLIDARIDAD SINDICAL Y PIDE SUSPENDER EL DESCUENTO A LOS TRABAJADORES POR 90 DÍAS

Nuestro país, como el resto de los países del mundo, se encuentra atravesado por la Pandemia declarada por el avance del coronavirus COVID-19 y sus consecuenciassonaúndesconocidas. La pérdida de vidas humanas y enormes pérdidaseconómicas suponen esfuerzos sin precedentes por parte delEstado yde todas las organizaciones sociales.Las entidades sindicales obtienen su funcionamiento a partir de los aportes de sus afiliados ytambién, en gran medida, por los aportes solidarios que le son descontadosa los trabajadores no afiliados.Nos encontramos ante una enorme zozobra y unagravísima crisiseconómicaprovocada por el aislamiento social, preventivo y obligatorio dispuestopor el Decreto 297/20201, que ha devenido en la parálisis casi total de laeconomía y laactividad laboralargentina,conllevandounadisminución enlos sueldos de los trabajadores o en muchos casos, directamente la pérdida de empleo.Por ello, es menester que las Asociaciones Sindicales, cuya función es protegera los trabajadores asociados, también aporten a la solidaridad que hoy más que nunca debe ser la luz que guie al pueblo argentino. Es así que,teniendo como norte la solidaridad y la protección y ayuda a los trabajadores, el compromiso de las asociaciones Sindicales –SINDICATOS –debería ser cierto y concreto a fin de que en la práctica diaria esa solidaridad se vea reflejada en los trabajadores argentinos y su sustento. Sería justo y solidario entonces que los Sindicatos o Asociaciones Sindicales no efectúen el descuento de la cuota sindical a los empleados agremiadospor el término de 90 días, con la finalidad de que la crisis económica que deben afrontar actualmente los trabajadores sea a la vez compartida y entendida por los sindicatos. Por este motivo,atendiendo al hecho de queel principal financiamiento de las entidades sindicales proviene del aporte de sus afiliados, es que promovemos que esos 1https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/227042/20200320

montos que hubieran correspondido y no seríandescontados por 90 días, una vez finalizado ese plazo,sean acreditadosnormalmentea favor de los sindicatos y Asociaciones Gremiales. En virtud de lo expuesto, impulsamos el presente proyecto de Ley que pretende garantizarlesa los trabajadores en relación de dependencia la integridad de los sueldos por el plazo de 90 díasy solicitamos a los señores diputados y diputadas nos acompañen con su firma

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