Desde el lunes pasado, el Instituto Superior de Formación (ISFD) N° 803 viene desarrollando reuniones presenciales con quienes se han inscripto en alguna de sus 8 carreras, y así, comenzar sus estudios en el ciclo académico 2021.
Mediante estricto cumplimiento del protocolo (tapaboca y distanciamiento físico), el encuentro tuvo el objetivo de dar la bienvenida, orientar y alentar a quienes decidieron iniciar sus estudios superiores, en una provincia que arrastra conflictos gremiales y en un nivel caracterizado por la inestabilidad laboral y la disminución de horas-cátedras pagas.
El primero de estos eventos fue destinado al Profesorado de Educación Inicial. Allí, las ingresantes tuvieron oportunidad de escuchar e intercambiar opiniones con docentes, estudiantes avanzadas y graduadas, acerca del sentido de la formación, el compromiso social y el desafío que implica ser docente hoy en Chubut.
Justamente, es ese mismo profesorado al que hoy el Ministerio de Educación de Chubut le niega el pago de las horas/cátedra correspondientes a los docentes de segundo año, cercenando por un lado, el derecho de los educadores a trabajar y por el otro, el derecho a estudiar de las estudiantes que ven interrumpida su trayectoria formativa.
El argumento para no aprobar las altas es el siguiente: En el año 2020, la carrera de Educación Inicial no se abrió y por lo tanto, no hubo ingresantes para cursar el primer año. De allí, se interpreta erróneamente que no hubo primer año en 2020, y por lo tanto, no debe haber segundo año en 2021.
Sin embargo, durante el año pasado las materias de primer año se dictaron con estudiantes que pertenecen a cohortes anteriores al 2020 porque el Nivel Superior, al igual que la Universidad, admite que cada estudiante diseñe su trayectoria formativa de acuerdo a sus tiempos y necesidades, respetando los criterios de regularidad establecidos en el Diseño Curricular vigente.
La medida de no autorizar las altas para docentes de segundo año de la carrera contradice el Reglamento Académico Marco que en su artículo su art. 3 regula “la permanencia como estudiantes regulares y su promoción”; y en su art. 18 afirma que la condición regular del/a estudiantes “se mantiene mientras dure la regularidad de la cursada de al menos un espacio curricular” prevista por dos años en el art. 19 del mismo reglamento.
Según su criterio aplicado por el Ministerio de Educación provincial, sólo restaría esperar que suceda lo mismo en los próximos ciclos académicos. Es decir, no se habilite tercer año en 2022 y cuarto año en 2023. Algo que docentes y estudiantes no están dispuestos a aceptar.