El legislador nacional chubutense presentó para ello un proyecto de ley este miércoles. El objetivo es restablecer la vigencia de la ley 16.611, que había sido sancionada en el Gobierno de Arturo Illia, en 1964, y anulada por los gobiernos de facto posteriores. De esta manera, el personal del ámbito público y del privado podrá tener derecho a la jubilación a los 20 años de servicio.
El diputado nacional chubutense Gustavo Menna presentó este miércoles en el Congreso un proyecto de ley para que los trabajadores expuestos a radiaciones ionizantes y que se desempeñan en los ámbitos público y privado vuelvan a ser incluidos en el régimen de jubilación especial por insalubridad.
El proyecto establece la restitución de la vigencia de la ley 16.611, por la cual los trabajadores “que lleven adelante actividades por las que queden expuestas a radiaciones ionizantes provenientes de rayos X, fuentes de emisión continua o de actividades nucleares o radioactivas tendrán derecho a obtener su jubilación ordinaria a los 20 años de servicios efectivos o a jubilación extraordinaria por invalidez cuando tal estado sea consecuencia de dichas radiaciones”.
Menna contó con el acompañamiento en la presentación de los diputados Ignacio Torres, Gabriela Lena, Gerardo Cipolini, Claudia Najul, Lorena Matzen, José Luis Riccardo, Lidia Ascárate, Jorge Vara y Gonzalo del Cerro.
En los fundamentos, Menna indicó que “los trabajadores expuestos a las radiaciones ionizantes nocivas tienen la responsabilidad de velar por la buena dosificación y el buen uso de las mismas ya que su aplicación afecta también a la comunidad”.
Y mencionó que “la radiación por su naturaleza misma es dañina para los seres vivos: en altas dosis puede matar suficientes células como para desencadenar la muerte de tejidos y por consiguiente la de un individuo en forma rápida. En radiodiagnóstico se utilizan ‘bajas dosis’ y por ello el trabajador está mayormente expuesto a los efectos que se producen a estos niveles. A niveles reducidos puede originar cáncer e inducir efectos genéticos que afectan a los descendientes de las personas irradiadas”.
Menna recordó que la ley 16.611, sancionada por el Congreso en 1964, durante la Presidencia de Arturo Illia, “disponía el derecho a la jubilación con 20 años de servicios efectivos en tales condiciones, en razón del riesgo para la salud que dichas radiaciones implican”.
Esta legislación fue dejada sin efecto por la dictadura de Juan Carlos Onganía, tras el golpe de Estado que destituyó a Illia el 28 de junio de 1966. Además, recordó Menna, la ley sufrió otro avasallamiento durante otro Gobierno de facto, el de Roberto Viola.
“Corresponde corregir esta situación que además conlleva una situación de quebranto del principio constitucional de igualdad ante la ley dispuesto por el artículo 16 de la Constitución Nacional, toda vez que diversos regímenes jubilatorios provinciales reconocen este beneficio”, finalizó.