Info General

Se lanzó el pago de una primera tanda de productores beneficiarios del Plan Lanar ll

Cabe destacar que el Plan Lanar I, que lo precede, fue una medida impulsada por el gobernador del Chubut, Mariano Arcioni, en conjunto con distintos representantes rurales de la Provincia.

El Gobierno Nacional publicó en el Boletín Oficial el primer listado de productores/as beneficiarios del Plan Lanar ll, lanzado en octubre por el Ministerio de Economía de la Nación, que asiste a pequeños productores ovinos para mitigar el impacto de la caída progresiva de los precios internacionales de la lana, agravada a partir de la pandemia de COVID-19, mediante la asignación de un beneficio económico en relación a las cabezas esquilables.

En este sentido, se aprueba la nómina de beneficiarias y beneficiarios del PROGRAMA LANAR creado por Resolución N° RESOL-2023-11-APN-MEC y reestablecido por su similar N° RESOL-2023-1549-APN-MEC, para realizar un primer pago del programa en función del análisis de las solicitudes presentadas hasta el día 9 de noviembre de 2023 inclusive. Para dar paso luego a un segundo listado de beneficiarios en los próximos días.

Financiamiento

Cabe destacar que el Plan Lanar I, que lo precede, fue una medida impulsada por el gobernador del Chubut, Mariano Arcioni, en conjunto con distintos representantes rurales de la Provincia, lo que ha permitido obtener un beneficio de compensación económica para pequeños y medianos productores de lana ovina no solo de Chubut sino de toda la región patagónica.

El Plan Lanar II, destina 3.000.000.000 provenientes del Fondo Incremento Exportador.En esta oportunidad la compensación para cada persona beneficiaria establecida es de $ 850 por cabeza esquilable, registrada en SENASA al 31 de marzo de 2023, con exclusión de aquellos que correspondan a la categoría corderos/as. Alcanza a quienes cuenten con un total igual o menor a 10.000 cabezas en la región registrado al 31 de marzo de 2023.

En caso de que el valor de la compensación en pesos para cada productor y productora fuere superior a $ 3.400.000 la asignación final quedará limitada a este monto.

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