La Legislatura de la Provincia del Chubut ha sancionado una nueva ley que regula el cobro de aranceles por los servicios médicos y sanitarios prestados a residentes extranjeros, en especial a aquellos que se encuentran en categorías de “residentes transitorios” y “residentes precarios”, de acuerdo con la Ley Nacional de Migraciones (Ley N° 25.871). Esta medida tiene como objetivo asegurar que los servicios de salud sean sostenibles y accesibles a la vez, al tiempo que establece nuevas responsabilidades tanto para los usuarios extranjeros como para las autoridades locales.
Según el artículo 1 de la ley, los hospitales, puestos sanitarios y demás efectores dependientes de la Secretaría de Salud de la Provincia deberán cobrar tarifas por servicios de internación, medicamentos, y materiales sanitarios a los extranjeros en situación migratoria de residencia temporal o precaria. Estos residentes deberán cubrir los costos de atención médica a través de un seguro de salud, medicina prepaga, u obra social que ofrezca cobertura local, o, en su defecto, deberán cubrir los gastos con recursos propios. La autoridad de aplicación, la Secretaría de Salud, implementará medidas para facilitar el pago de estos servicios mediante los medios de pago disponibles en los hospitales.
El artículo 3 garantiza que en situaciones de urgencias, emergencias o riesgos de vida, cualquier persona, independientemente de su estatus migratorio, recibirá atención médica sin costo en la Provincia de Chubut. El Estado se encargará de recuperar los costos de esta atención en una etapa posterior.
La ley también establece que la Provincia podrá celebrar convenios de reciprocidad con otros Estados para asegurar el acceso a la salud de los ciudadanos de Chubut en el extranjero. Sin embargo, se aclara que las disposiciones de la ley no se aplicarán cuando existan acuerdos específicos entre la República Argentina y otros países, limitando la cobertura únicamente a las prestaciones pactadas en esos convenios.
El artículo 6 establece que el arancelamiento de los servicios médicos a residentes transitorios y precarios se regirá por los valores establecidos por la autoridad sanitaria provincial. Además, los recursos obtenidos de este cobro serán destinados a un Fondo Especial de Arancelamiento Hospitalario Provincial, cuyo destino será la promoción, protección y recuperación de la salud, adquisición de equipamiento y el pago de incentivos al personal de salud, tal como se detalla en el artículo 8.
Finalmente, el artículo 9 de la ley establece un plazo de 90 días para que la autoridad de aplicación regule las normativas necesarias para la implementación de esta nueva medida.
Con esta ley, la Provincia de Chubut da un paso importante hacia la regulación del sistema de salud para residentes extranjeros, equilibrando la sostenibilidad financiera del sistema sanitario provincial y garantizando el acceso a la atención médica en situaciones de emergencia.