Desde la Junta Ejecutiva de Atech entendíamos que era factible la retención de servicios entendiendo que en consultas anteriores se podía realizar la misma ante el no cobro de la totalidad de los haberes. Hemos consultado insistentemente en estos días a distintxs abogadxs y FINALMENTE nos han asesorado que la misma aplica para el caso de las prestaciones laborales efectuadas y no para el SAC justamente porque el mismo es un salario complementario diferido en virtud de los períodos que fija su ley. Es por eso que insistimos en la necesidad de realizar asambleas para terminar de realizar los mandatos (aquellas escuelas que no lo hayan realizado) para un paro en conjunto con la MESA DE UNIDAD PROVINCIAL.