Ante la falta de respuesta perpetuada en el tiempo por parte del Gobierno de la Provincia del Chubut en saldar los subsidios de los años 2018 y 2019, el incumplimiento en lo establecido por la Ley provincial de Bomberos, como así también la denegación de los correspondientes reintegros económicos a las Asociaciones de Chubut en servicios realizados fuera de sus respectivas jurisdicciones; la Federación Chubutense de Bomberos Voluntarios comunica la vigencia en la restricción de los servicios fuera de los ejidos municipales que le correspondiera a cada cuartel.
Restricción del Servicio en el Territorio provincial
De esta manera y mediante acta correspondiente realizada en reunión ampliada durante el mes de Agosto las Asociaciones de Bomberos Voluntarios de Esquel, Trevelin, Trelew, Rawson, Pto. Madryn, Epuyén, El Hoyo, Lago Puelo, Camarones, Gaiman, Dolavon, Pto. Pirámides, Dique Ameghino, Paso de Indios, Maitén, Río Pico, Cushamen, Gdor. Costa, Río Senguer y A. Viglione se han manifestado estableciendo la restrictiva prestación del servicio fuera de las jurisdicciones establecidas, atendiendo fuera de las mismas solo aquellas en que se encuentren en riesgo la seguridad o las vidas de las personas; decisión oportunamente notificada a la Dirección General de Defensa Civil de la Provincia: “…comunicamos a esa Dirección General de Defensa Civil que cuando una situación de emergencia requiera la cobertura de los Bomberos Voluntarios y el “evento” se encuentre fuera de los límites de la Jurisdicción Municipal de cada Asociación, la misma no acudirá sin que antes anticipadamente se encuentren cancelados los gastos y viáticos que estimativamente requiera movilizar el recurso fuera de su propia jurisdicción”.
Puntos acordados por las Asociaciones de Bomberos de la Provincia
• Que ante situaciones de riesgo de vida en accidentes de tránsito u otros eventos, el servicio se prestará sin discriminar el origen de la convocatoria al servicio.
• Que el servicio público de bomberos se prestará en la jurisdicción de responsabilidad de cada asociada, entendiendo esta como el ejido urbano municipal y zona de influencia inmediata, zona de interfase “UNICAMENTE”.
• Que ante la convocatoria del Gobierno de la Provincia a una prestación de servicio no contemplada en los puntos anteriores, se solicita que la asesoría letrada de la Federación expida dictamen legal ante la limitación o la NO RESPUESTA de la requisitoria desde el servicio de bomberos, debido a que la falta de financiamiento por parte del Gobierno Provincial no permite reponer, reparar o cubrir los gastos ocurridos en la prestación del mismo ( Ley XIX 16)
• Se solicita a la Federación avanzar en instrumentos y/o acciones legales para que el ESTADO PROVINCIAL CUMPLA CON EL FINANCIAMIENTO CONTEMPLADO EN LAS LEYES VIGENTES.
Preocupación ante incendios rurales
En tal sentido dichas medidas ya se han implementado en los incendios ocurridos en cercanías a la localidad de Camarones y en sector de las Salinas en Península de Valdés, donde ante la solicitud de apoyo con recursos materiales y humanos para combatir dichos incendios no existió movilización de los cuarteles convocados.
Esta situación también ha sido advertida a los responsables de seguridad de los parques eólicos que se encuentran en la zona, manifestando la diferencia de las tareas a realizar por el servicio de seguridad de los bomberos voluntarios, y el contraste que existe entre las tareas a realizar en una zona dentro del ejido municipal, como lo ocurrido el último 15 de diciembre entre Ruta 4 y predio de Transener y la falta de asistencia que existiría si un incendio de esas características ocurriría por ejemplo en “Parque Eólico Loma María”.