Los trabajadores rurales se encuentran exceptuados del aislamiento
social obligatorio, y al realizar sus tareas, se encuentran en un importante
riesgo de contagio. Frente a estas difíciles circunstancias, la Unión
Argentina de Trabajadores Rurales (UATRE) informa que lo principal es
constatar si los trabajadores desarrollan sus tareas en condiciones seguras,
considerando cada uno de los protocolos de las empresas y las normas
dictadas por las jurisdicciones donde realizan sus actividades.
Debido al incremento en el riesgo de contagio, Presidencia de la
Nación dictó el Decreto de Necesidad y Urgencia 367 el 13/4/2020, que
establece expresamente que el COVID-19 es considerado una
enfermedad de carácter profesional y por lo tanto obliga a las
Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (ART) a brindar cobertura ante
estos casos. Además, deberán adoptar los recaudos necesarios para que, al
tomar conocimiento de la denuncia, acompañado por el diagnostico
correspondiente, los trabajadores damnificados reciban inmediatamente las
prestaciones previstas en la Ley 24.557
Por ello, en el caso de detectarse que algún trabajador rural ha
contraído el COVID-19 deberá, de manera inmediata, notificarse a la ART
para que brinde las prestaciones médicas y asistenciales que correspondan.
Esto es de suma importancia, no solo para la prestación sanitaria, sino para
las eventuales secuelas que puedan quedar por esta enfermedad (hasta una
incapacidad laboral por insuficiencia respiratoria), que también deberán ser
contempladas por la ART en el marco de la Ley 24.557 y sus normas
modificatorias y complementarias.