Info General

RECUERDAN QUE LA OCUPACIÓN ILEGAL DE TIERRAS MUNICIPALES ESTÁ SANCIONADA POR ORDENANZA  

La norma establece la inhabilitación para ser oferente, pre-adjudicatario y/o adjudicatario de tierras de dominio municipal así como el acceso a asistencia y/o beneficio por 10 años

La Municipalidad de Puerto Madryn, a través de la Secretaría de Obras Públicas y Desarrollo Urbano, recuerda a la comunidad que la ocupación ilegal de tierras municipales se encuentra sancionada por la Ordenanza Municipal N° 9648.

En tal sentido, se informa que quienes realicen ocupaciones ilegales de tierras, además de ser pasibles de las acciones penales correspondientes, serán incluidos en el Registro de Inhabilitados Municipal, por lo cual no podrán ser oferentes, pre-adjudicatarios y/o adjudicatarios de tierras de dominio municipal y perderán toda asistencia y/o beneficio por un plazo de 10 años.

Se ruega a la comunidad dar aviso a Protección Civil y/o Policía, comunicándose a los números telefónicos 103 y 101, cuando detecten ocupaciones ilegales de tierras.

Por último, aquellos vecinos que requieran el acceso a un terreno municipal deberán respetar los procedimientos establecidos y concurrir a la Dirección de Tierras, ubicada en Bouchard y 9 de Julio, para obtener más información.

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