Madryn

Plan de mejoramiento de espacios públicos: se realizaron más de 420 operativos de control 

El fin es dar cumplimiento a  las normas que establecen, por ejemplo, obligatoriedad de plantar árboles frente a las viviendas, mantenimiento de terrenos baldíos, instalación de cerco provisorio y letrero en obras en construcción así como requisitos para colocar cartelería publicitaria

Desde marzo de 2016, las cuadrillas de la Secretaría de Desarrollo Urbano de la Municipalidad de Puerto Madryn se encuentran trabajando fuertemente en un plan de mejoramiento de espacios públicos. Se trata de una tarea diaria que consiste en hacer cumplir las normas que tienen que ver con particulares que cuentan con las veredas en mal estado, cercado de lotes baldíos,  obras en construcción que bloquean el paso al utilizar la vereda para el acopio de materiales, colocación de andamios o cercos de obra que se extienden más de lo permitido. Tras 19 meses, se efectuaron cerca de 420 inspecciones y notificaciones. Con respecto a la cantidad de personas visitadas el año pasado, vale señalar un incremento de quienes adecuaron su situación a la norma.
De este modo, con el amalgamamiento de las técnicas de inspección, el conocimiento de la ciudad y las normas tributarias adquiridas en la Secretaría de Hacienda, junto con las normas de Edificación y Planeamiento Urbano, se ha relevado cuadra a cuadra con el fin de dar soluciones a problemáticas históricas.
Tras 19 meses de trabajo y como resultado de dichos relevamientos se realizaron más de 420 inspecciones y notificaciones con el objetivo de hacer cumplir las Ordenanzas vigentes que establecen, entre otras cosas, la obligatoriedad de plantar árboles frente a las viviendas, la limpieza y cercado de terrenos baldíos, colocación de cerco provisorio y letreros requeridos para obras en construcción así como requisitos para la instalación de cartelería publicitaria.
De acuerdo al plan previsto, en este último período, las tareas se llevaron adelante principalmente en la zona del centro. No obstante, desde que comenzó dicho plan se realizaron inspecciones en distintos puntos de la ciudad que incluyeron 1ª y 2ª visita en algunos casos, relevamientos, reclamos y notificaciones a los vecinos en caso de existir incumplimiento de la legislación relacionada con el espacio público otorgándoles un plazo prudencial para regularizar la situación.
En cuanto a la respuesta de la comunidad, desde la Secretaría de Desarrollo Urbano resaltaron que se acrecentó, con respecto al año pasado, la cantidad personas visitadas que adecuaron su situación a la norma. Se trata, entre otros casos, de locales comerciales y particulares que contaban con veredas en mal estado y que no cumplían  con los requisitos  exigidos, desde su seguridad para transitar, su higiene o el arbolado reglamentario. También hubo comercios que, tras ser visitados por agentes municipales, realizaron las modificaciones necesarias en toldos y marquesinas liberando el espacio de circulación peatonal.
Además, hubo casos de terrenos baldíos que hoy ya cuentan con el desmalezamiento y cercado correspondientes; obras en construcción que, luego de inspeccionadas, quitaron el acopio de materiales que obstaculizaban el paso y colocaron el cartel exigido.
Ordenanzas vigentes
Cabe mencionar que los principales puntos que se fiscalizan están contemplados en el Código de Planeamiento de la Ciudad, el Código de Edificación, Código Civil Nacional, Ley de Accesibilidad y en normativas complementarias.
Dichos Códigos y leyes mencionadas refieren, por ejemplo, a la obligación de construir y conservar cercos en terrenos baldíos a una altura mínima de 1,60 metros, ejecutándose en mampostería de bloques o de ladrillos. También alcanza a los cercos en predios construidos. Al respecto, se exige mantener el lugar libre de desperdicios, vegetación indeseable, animales dañinos y otros elementos que atenten contra la higiene y la estética.
Marquesinas, toldos y cartelería publicitaria

Es importante considerar la existencia del procedimiento para la colocación de postes y columnas de iluminación pública. Entonces, las reparticiones públicas, empresas de servicios públicos y/o privadas o empresas contratistas deben solicitar al Departamento Ejecutivo Municipal la correspondiente autorización.
Otro aspecto que se fiscaliza es el cumplimiento de las disposiciones establecidas para la colocación de marquesinas y/o toldos frente a un comercio, ya que deben contar con expresa autorización por parte de la Comuna. Es oportuno aclarar que su proyección horizontal no debe superar los dos metros hacia el cordón de la vereda, tendrá que sostenerse con estructuras en voladizos, ya que se prohíben absolutamente los apoyos con columnas sobre vereda y, como mínimo, debe distar del piso 2,20 metros.
Las marquesinas, al igual que los toldos, carteles de publicidad y similares no deberán afectar el normal crecimiento del arbolado público, su manejo o la reposición de ejemplares.
Según el informe del área de Desarrollo Urbano, hasta el momento se han modificado 12 toldos/marquesinas que no se ajustaban a la normativa.

Veredas en mal estado

La Ordenanza 3547 responsabiliza a los frentistas, propietarios o no, de la plantación, riego y conservación de árboles en las veredas de la ciudad.
Es obligación de los propietarios de inmuebles la construcción y conservación de veredas en perfectas condiciones de aspecto y seguridad según la Ordenanza 5273.
Desde que comenzaron con el Plan de Mejoramiento se han construido y/o reparado 23 veredas de la ciudad. Asimismo, se colocaron alrededor de 135 árboles, producto de las intimaciones de cumplimiento a la Ordenanza 3547/00.

Obras en construcción

Es también obligatoria la disposición de una valla provisoria en cualquier sector en el que se lleve a cabo una tarea que, por su índole, sea peligrosa, incómoda u obstaculice el tránsito en la vía pública. No podrá instalarse sin haber obtenido previamente el permiso correspondiente para las obras y no podrá destinarse a otros fines que los propios de la construcción.
La ley indica que debe colocarse un letrero al frente de una obra desde su iniciación. Debe constar –según corresponda- nombre, título y matrícula del proyectista; nombre, título y matrícula del director de obra; nombre, título y matrícula del constructor y/o nombre del propietario.

Para efectuar consultas, las personas interesadas podrán dirigirse a la Secretaría de Desarrollo Urbano, en el edificio central del Municipio, e interiorizarse sobre las distintas normativas.

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